jueves, 20 de octubre de 2011

La ejecución hereditaria.

La ejecución hereditaria es el proceso que va desde la muerte del causante (apertura de la sucesión) hasta el apgo completo de acreedores y legatarios, y durante esta, la herencia se entiende en administración. El administrador, sea o no heredero, es, el representante legal de la herencia. El art.1026 C.C. enmarca y define la identidad patrimonial de la herencia como remanente liquido, que reciben los herederos después de la ejecución. La herencia es lo que queda, el residuo después de la ejecución hereditaria, o mejor dicho, es la misma ejecución.

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